El Ayuntamiento de Alcañiz, a través de la Concejalía de Cultura, convoca para el año 2023, mediante concurrencia competitiva, una línea de subvenciones destinadas a sufragar acciones formativas y actividades propias de las 'Bandas de Música'.

  • ¿Hasta cuándo hay plazo para presentar las instancias?. El plazo para presentar instancias finalizará el 30 de agosto de 2023.
  • ¿Cómo hacerlo?. Presentando de forma telemática la solicitud y la documentación que se pide en las bases a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es) según lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
  • ¿Qué no es subvencionable?. No son gastos subvencionables los referidos a inversiones o gastos de material inventariable superior a 300-€, viajes a excepción de los encuentros de bandas o aquellos en los que se asista en representación de la ciudad de Alcañiz, y los gastos protocolarios o de comidas.
  • ¿Qué es subvencionable?. Los derivados de la acción formativa y las actividades/proyectos de ámbito musical propias de las 'Bandas de Música', que hayan sido realizados entre el 16 de noviembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.
  • ¿Con qué objeto se convocan estas ayudas?. Con el de colaborar con aquellas entidades que fomentan la práctica musical a través de la formación y de actividades propias del ámbito de las 'Bandas de Música'.
  • ¿Quiénes pueden optar a estas ayudas?. Las asociaciones o entidades musicales que sin ánimo de lucro realicen programas y/o actividades en el ámbito musical considerado propio de las 'Bandas de Música', y que estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcañiz.
  • ¿Qué documentación hay que aportar?.

    1. Anexo II (Modelo normalizado de solicitud y Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario).
    2. Anexo III (Memoria general de la entidad).
    3. Anexo IV (Memoria específica del proyecto o actividad/es para las que se solicita la subvención).
    4. Certificado expedido por el secretario acreditativo de la condición de representante legal del firmante de la proposición. En los casos en los que la ayuda solicitada supere los 3.000-€ se deberá aportar:

      • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria.
      • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.

Cuando se solicite por primera vez una subvención al Ayuntamiento se deberá presentar:

      • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
      • Fotocopia de los Estatutos de la entidad.

 

 

Cualquier duda deberán de ponerse en contacto con el Área de Cultura
Telf. 978 87 05 65 - Ext. 234
Email: darrufat@alcaniz.es

Actuación subvencionada por:

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