El Ayuntamiento de Alcañiz, a través de la Concejalía de Cultura, convoca para el año 2023, mediante concurrencia competitiva, una línea de subvenciones destinadas a la promoción de actividades/proyectos culturales realizados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
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¿Hasta cuándo hay plazo para presentar las instancias?. El plazo para presentar instancias finalizará el 30 de agosto de 2023.
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¿Cómo hacerlo?. Presentando de forma telemática la solicitud y la documentación que se pide en las bases a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es) según lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
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¿Qué no es subvencionable?. No son gastos subvencionables los referidos a gastos protocolarios, comidas y gastos de material inventariable.
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¿Qué es subvencionable?. Los derivados de actividades/proyectos culturales que tengan que ver con el fomento de la cultura musical, de la actividad artística y creativa, los vinculados al arte cinematográfico y la producción fotográfica y audiovisual, así como aquellas acciones de fomento y difusión de la cultura aragonesa y aquellas que estén contempladas en el marco de la ley de memoria democrática; y que hayan sido llevados a cabo entre el 16 de noviembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.
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¿Con qué objeto se convocan estas ayudas?. Con el de colaborar económicamente con aquellas entidades que fomentan la cultura en el municipio a través de actividades y/o eventos de carácter cultural.
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¿Quiénes pueden optar a estas ayudas?. Las asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcañiz.
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¿Qué documentación hay que aportar?.
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Anexo II (Modelo normalizado de solicitud y Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario).
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Anexo III (Memoria general de la entidad).
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Anexo IV (Memoria específica del proyecto o actividad/es para las que se solicita la subvención).
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Certificado expedido por el secretario acreditativo de la condición de representante legal del firmante de la proposición. En los casos en los que la ayuda solicitada supere los 3.000-€ se deberá aportar:
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- Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria.
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.
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Cuando se solicite por primera vez una subvención al Ayuntamiento se deberá presentar:
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- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
- Fotocopia de los Estatutos de la entidad.
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Cualquier duda deberán de ponerse en contacto con el Área de Cultura
Telf. 978 87 05 65 - Ext. 234