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El Ayuntamiento de Alcañiz, a través de la Concejalía de Cultura, convoca para el año 2023, mediante concurrencia competitiva, una línea de subvenciones destinadas a la promoción de actividades/proyectos culturales realizados por asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

  • ¿Hasta cuándo hay plazo para presentar las instancias?. El plazo para presentar instancias finalizará el 30 de agosto de 2023.

  • ¿Cómo hacerlo?. Presentando de forma telemática la solicitud y la documentación que se pide en las bases a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz (www.sede.alcaniz.es) según lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

  • ¿Qué no es subvencionable?. No son gastos subvencionables los referidos a gastos protocolarios, comidas y gastos de material inventariable.

  • ¿Qué es subvencionable?. Los derivados de actividades/proyectos culturales que tengan que ver con el fomento de la cultura musical, de la actividad artística y creativa, los vinculados al arte cinematográfico y la producción fotográfica y audiovisual, así como aquellas acciones de fomento y difusión de la cultura aragonesa y aquellas que estén contempladas en el marco de la ley de memoria democrática; y que hayan sido llevados a cabo entre el 16 de noviembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

  • ¿Con qué objeto se convocan estas ayudas?. Con el de colaborar económicamente con aquellas entidades que fomentan la cultura en el municipio a través de actividades y/o eventos de carácter cultural.

  • ¿Quiénes pueden optar a estas ayudas?. Las asociaciones o entidades culturales sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcañiz.

  • ¿Qué documentación hay que aportar?.

    1. Anexo II (Modelo normalizado de solicitud y Declaración responsable de cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario).

    2. Anexo III (Memoria general de la entidad).

    3. Anexo IV (Memoria específica del proyecto o actividad/es para las que se solicita la subvención).

    4. Certificado expedido por el secretario acreditativo de la condición de representante legal del firmante de la proposición. En los casos en los que la ayuda solicitada supere los 3.000-€ se deberá aportar:

      • Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria.
      • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social.

Cuando se solicite por primera vez una subvención al Ayuntamiento se deberá presentar:

      • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
      • Fotocopia de los Estatutos de la entidad.

 

Cualquier duda deberán de ponerse en contacto con el Área de Cultura

Telf. 978 87 05 65 - Ext. 234

Actuación subvencionada por:

Plan avanza

Actuación subvencionada por:

Gobierno de Aragón

Ayuntamiento de Alcañiz